La situación donde primos hermanos se enamoran es más común de lo que la gente se imagina. Por muchos años se ha dicho que si una persona se casa con un primo hermano, los hijos que se engendren podrían padecer de problemas congénitos. Sin embargo, investigaciones recientes desmienten muchos de estos mitos y afirman que no existen tales evidencias científicas que avalen tales creencias.
Tabúes
Según un grupo de científicos el apareamiento entre primos no representa un riesgo grave para heredar defectos genéticos, Sin embargo, cualquier pareja esté emparentada o no, corre el mismo riesgo de tener hijos con una afección genética o problema de salud.
«En términos generales los riesgos no son demasiado altos«, ha afirmado Arno Motulsky, profesor de ciencias genéticas y medicina en la Universidad de Washington, en un artículo que publica la revista americana The Journal of Genetic Counseling.
Los investigadores formaron un grupo convocado por la Sociedad Nacional de Consejeros Genéticos, que ha llegado a sus conclusiones después de una revisión de seis estudios mayores llevados a cabo desde 1965 hasta 2000, y que cubrieron miles de nacimientos. Descubriendo que la gran mayoría de los hijos de primos hermanos son saludables y no tienen problemas debidos al parentesco de sus padres.
Los riesgos
El riesgo de que un niño nazca con un problema grave, como spina bífida o fibrosis cística es del 3 al 4% de las parejas formadas por personas que no tienen ningún vínculo familiar entre sí. Los primos y primas hermanas que se casan entre sí tienen un riesgo del 1.7 al 2.8%, y los científicos consideran que esto no es tan grande.
«En el peor de los cálculos, en el 93% de los casos nada malo ocurre», ha afirmado Motulsky. «Como consejeros genéticos nosotros presentamos a la gente todas las posibilidades y los riesgos y dejamos que sean ellos quienes toman las decisiones», añade.
El problema surge cuando genes que son recesivos, es decir que no tienen efecto en los individuos que tienen una sola «copia» en su configuración genética, pasan a dominantes cuando el individuo recibe una «copia» de su padre y de su madre.
Leyes que prohíben el matrimonio entre primos
Si bien es un tabú comer carne de primo en algunas culturas, el matrimonio entre primos hermanos es aceptado en muchas culturas de todo el mundo.
La mayoría de los estados en Estados Unidos tiene leyes que prohíben el matrimonio entre primos, los hijos de hermanos o hermanas.
En Europa no hay país alguno que prohíba tales matrimonios, y en algunas partes del Oriente Medio, Africa y Asia se prefiere el matrimonio entre primos carnales. En América Latina no está prohibido ese apareamiento, pero hay tabúes sociales que lo restringen.
Los Estados de Alaska, Hawaii, California, Colorado, Nuevo México, Texas, Tennessee, Alabama, Georgia, Florida, Carolina del Sur, Virginia, Maryland, Nueva Jersey, Connecticut, Rhode Island, Nueva York, Vermont y Massachusetts lo permiten, y el resto lo permiten con restricciones.
¿Qué dicen las leyes?
El Derecho canónico establece que el impedimiento por consaguinidad rige hasta los primos segundos. No obstante, existe la figura de la “dispensa”, a modo de excepción, la que puede solicitarse, salvo en el caso de hermanos y de ascendientes o descendientes. Es decir que el matrimonio entre primos puede celebrarse bajo dispensa.
Un análisis del derecho comparado arroja resultados parecidos.
El artículo 47 del Código Civil Español prohíbe la celebración de matrimonio entre parientes en línea recta por consaguinidad o adopción y entre parientes colaterales por consaguinidas hasta el tercer grado (esto incluye hermanos entre sí y tíos/as con sobrinas/os).
El Código Civil Argentino es algo más permisivo. Establece en su artículo 166 que son impedimentos para contraer matrimonio la consanguinidad entre ascendientes y descendientes sin limitación (entre padres e hijas; madres e hijos, y asimismo entre abuela y nieto o abuelo y nieta) y la consaguinidad entre hermanos o medio hermanos. Es decir, que quedan permitidos los casamientos entre parientes de grado más lejano, como ser los primos directos, y desde ya los primos segundos y más lejanos. Incluso en Argentina está permitido el matrimonio entre tíos/as y sobrina/os.
Las uniones entre primos fueron concebidas desde la antigüedad, hasta nuestros días. Se ha dicho que es un mito, un tabú, un pecado. Sin embargo, se estima que en los tiempos de nuestros antepasados, estos casamientos representaban el 80% en la sociedad. La causa radica en que en pequeños pueblos no había la variedad de alternativas de parejas potenciales. Actualmente en algunas partes del mundo se celebran un 20 y 60% de los matrimonios entre familiares cercanos.
DesdeLaPlaza.com/MD