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Resolución autoriza a entidades financieras para operar en el Sicad II

El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó este lunes 17 de marzo, una normativa que inicia la apertura del nuevo esquema cambiario en el país: el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad 2).

El instituto emisor autorizó mediante una resolución a los bancos universales, comerciales, microfinancieros, la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria y operadores de mercado de valores efectuar operaciones de corretaje en el mercado de divisas, en efectivo o en títulos valores denominados en moneda extranjera, únicamente a través del Sicad 2, un esquema anunciado por el Gobierno para facilitar la adquisición de divisas a personas naturales y empresas.

La resolución, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.128, precisa que las operaciones de corretaje o intermediación en el mercado de divisas son aquellas que se deriven de la facilitación de transacciones entre compradores y vendedores de divisas en el Sicad 2.

Los bancos y demás entes autorizados deben anunciar públicamente en sus oficinas mediante avisos el tipo de cambio de referencia que publique cada día el BCV para estas operaciones. El mismo será el promedio ponderado de las transacciones diarias del Sistema. También tienen la obligación de informar el porcentaje o monto de la comisión por las operaciones de compra y venta.

La resolución, firmada por el primer vicepresidente gerente del BCV, Eudomar Tovar, precisa que la documentación que reciban los clientes que realicen estas operaciones en Sicad 2 deben dejar constancia de la transacción realizada, el tipo de cambio aplicado y el monto de la transacción y de las comisiones.

Asimismo, se puntualiza que la solicitud de compra de divisas a través del Sicad 2 comportará para el banco universal que la tramite la apertura de una cuenta en moneda extranjera, si el cliente no la posee en el sistema financiero nacional. En esta cuenta, la entidad acreditará el monto en dólares liquidado.

Aún resta la regulación sobre la actuación de las casas de cambio en el mercado cambiario alternativo. El artículo 5 de la resolución precisa que el BCV y el Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública regularán este ámbito cuando lo estimen pertinente, sin perjuicio de la participación de estas casas de cambio en el nuevo régimen administrado de divisas.

El Sicad 2 es un nuevo esquema cambiario anunciado recientemente por el Gobierno. Se suma al sistema de otorgamiento dólares con tasa preferencial a 6,30 bolívares para bienes prioritarios, que efectúa el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex); y al Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) I, que mediante subastas semanales otorga moneda extranjera a sectores específicos convocados.

En el nuevo sistema, Petróleos de Venezuela (Pdvsa), el BCV, empresas públicas y privadas y personas naturales podrán comprar y vender dólares, en jornadas diarias, a través de los bancos y el mercado de valores.

El 11 de marzo pasado, el vicepresidente del Área Económica, Rafael Ramírez, puntualizó que el Estado cuenta con “suficientes divisas y títulos valores para satisfacer” este mercado. Señaló, además, que no hay monto prefijado para ofrecer en este naciente esquema por parte del sector público. “Venderemos lo que sea necesario, lo que necesite la economía”, indicó.

“Parte del objetivo del nuevo Sistema es derrotar la alta cotización del dólar paralelo. La tasa del Sicad 2 dependerá de la oferta y demanda de ese mercado”. Resaltó

Desde La Plaza /Sibci /ABD 

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