La Sala Constitucional ordenó eliminar toda imagen de carga o contenido sexual explícito o implícito de los anuncios publicitarios en los medios impresos de libre acceso a niñas, niños y adolescentes, relativos a los anuncios de estímulos de la actividad sexual que promuevan servicios ligados a la explotación del sexo.
Asimismo, se exhortó al Ministerio Público investigar «si tras los anuncios clasificados publicados en la prensa nacional referidos en este fallo, con posible relación con los delitos de trata de personas o inducción a la prostitución, efectivamente existe la comisión de hechos ilícitos».
En este dictamen, el ponente fue el magistrado Marcos Tulio Dugarte Padrón, también se ordeno remitir una copia certificada del fallo al Colegio Nacional de Periodistas, la Federación Venezolana de Agencias Publicitarias, la Asociación Nacional de Anunciantes, la Sociedad Interamericana de Prensa en su sección Venezuela, al Ministerio del Poder Popular para la Educación y al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
La Sala Constitucional tomo esta decisión para proteger a los niños, niñas y adolescentes y evitar que los jóvenes tengan algún contacto directo con la explotación del sexo.
Por otra parte, la Sala Constitucional ordenó a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para que supervise si el contenido de las canciones de cualquier género musical es adecuado para su transmisión en horarios aptos para todo usuario.
Desde La Plaza / VTV – LaNación / MC