La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se pronunció ante un recurso consignado sobre la vigencia del Decreto de Emergencia Económica propuesto anteriormente ante la Asamblea Nacional.
Leer también: Maduro aceptó propuesta para adultos mayores sean atendidos gratuitamente en clínicas privadas
En ese sentido el órgano jurídico quien publicó que el Recurso de Interpretación sobre el articulado de la Constitución Bolivariana referido a los estados de excepción, declaró que tal resolución publicada el 14 de enero de 2016 por la presidencia de la República, sigue vigente y su legitimidad se mantiene irrevocablemente.
A continuación el resumen de la sentencia, publicado por el TSJ en su página web.
Partes: Hernán Toro, Norcy Álvarez y otros
Decisión: Se INTERPRETA los artículos 339 y 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 27 y 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y declara que el Decreto n° 2.184, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.214 Extraordinario, del 14 de enero de 2016 que declaró el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional, durante un lapso de 60 días, ENTRÓ EN VIGENCIA DESDE QUE FUE DICTADO y su legitimidad validez, vigencia y eficacia jurídica-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en el Texto Fundamental.
DesdeLaPlaza.com/TSJ/NR