La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, se emitió Sentencia Nº 399 de fecha 1 de junio de 2017, donde ADMITE el reciente caso presentado por Divas de Venezuela en alianza con Venezuela Igualitaria, por el Derecho al Reconocimiento de la Identidad de Género Auto-percibida de las personas transexuales y transgénero.
Presentado recientemente, el 6 de abril de 2017, se le da entrada oficial del caso, dejando sentado que se trata de una Acción Innominada de Naturaleza Constitucional y tras un estudio del escrito presentado, se admite por estar conforme a Derecho. Por otro lado, se ordenó la notificación de las cinco personas que intentaron la acción, para que informen su estado civil, copia certificada de las Partidas de Nacimiento y un Informe Médico-Psiquiátrico y Psicológico que demuestre que efectivamente son personas trans, por lo cual deja sentado, que cualquier organismo público o privado podrá emitirlo, recomendando especialmente a la Asociación Civil de Planificación Familiar (PLAFAM), Centro de Investigaciones Psiquiátricas, Psicológicas y Sexológicas de Venezuela o al Servicio de Psiquiatría del Hospital Dr. Domingo Luciani.
Igualmente, se ordenó notificar a la Presidenta de la Comisión de Registro Civil y Electoral adscrita al Consejo Nacional Electoral, para que informe el estado civil de las personas solicitantes; en el mismo sentido, se ordena notificar del caso a la Defensoría del Pueblo, a la Fiscalía General de la República y a la Comisión de Registro Civil y Electoral adscrita al Consejo Nacional Electoral.
Finalmente, se ordena la separación de la causa, para que continúe de manera individualizada para cada una de las personas.
DesdeLaPlaza.com/Nota de prensa/Rubén Scorche