Tener una cuenta en moneda extranjera en la banca nacional es requisito para participar en la segunda versión del Sistema Complementario de Asignación de Divisas (Sicad II), que permitirá a las personas naturales y jurídicas comprar o vender dólares en un mercado que fluctuará de acuerdo a la oferta y la demanda.
Así lo informó esta semana, en rueda de prensa de la Vicepresidencia para el Área Económica, el ministro de Economía, Finanzas y Banca Pública, Rodolfo Marco Torres.
Cómo abrir una cuenta en dólares
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Desde el año 2012, el Gobierno autorizó la apertura de cuentas en moneda extranjera en los bancos universales regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
En la Gaceta Oficial Nº 40.002, de fecha 6 de septiembre de 2012, el BCV estableció una normativa de 13 artículos, vigente desde el 17 de septiembre de ese año, en la cual se establecen los requisitos y los lineamientos que rigen la apertura de cuentas en moneda extranjera.
Para mayor información, puede consultar la resolución 12-09-01 relativa a las Normas que regirán las cuentas en moneda extranjera en el sistema financiero nacional, publicada en Gaceta Oficial Nº 40.002, difundida en el siguiente enlace.
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