Saab: Defensoría del Pueblo está facultada para investigar casos de violación de DDHH

Violación Derechos Humanos

La Constitución Bolivariana de Venezuela faculta a la Defensoría del Pueblo para investigar casos en los que se presuma violación de los Derechos Humanos (DDHH), recordó este domingo el titular de esa instancia del Poder Ciudadano, Tarek William Saab.

En entrevista concedida al programa el Kiosco Veraz, que transmite Venezolana de Televisión, indicó que dicha cualidad se la confiere la Carta Magna en el artículo 281, numeral 1, en el cual se indica claramente que son atribuciones del defensor o defensora del Pueblo: «Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento», citó.

En ese sentido, mencionó que ante la pretensión de limitar y despojar a la Defensoría de esas atribuciones, por parte del Ministerio Público (MP), se solicitó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aclarar y confirmar esas competencias.

Recordó que, de acuerdo con las competencias conferidas por el texto fundamental, los delegados de la Defensoría del Pueblo tienen la cualidad de presenciar una autopsia y de hacer un acta defensorial cuando se está en presencia de una denuncia de presunta violación del derecho a la vida, por lo cual rechazó que fiscales del Ministerio Público intenten desalojar a los delegados de la Defensoría de la morgue.

Se ha presenciado «la actitud poco cooperante (por parte de los fiscales del MP) muy clara, obstaculizadora y negativa», dijo y mencionó que lo propio se ha pretendido ejecutar en algunos cuerpos de policías municipales.

«No pueden, porque la propia Constitución nos da la cualidad de ir a instalaciones civiles o militares, sin previo aviso, donde se presume está ocurriendo una violación a un derecho humano».

Al respecto, Saab también recordó que el Código Orgánico Procesal Penal indica en el capítulo de los Derechos Humanos: «La Defensoría del Pueblo y cualquier persona natural podrán presentar querella contra funcionarios o funcionarias, o empleados públicos o empleadas públicas, o agentes de las fuerzas policiales, que hayan violado derechos humanos en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas«.

Recordó que claramente la Defensoría del Pueblo es una institución de acción, de reparación, de mediación, y tiene como principal tarea proteger a ciudadanos frente a situaciones que pudieran violar sus derechos humanos, y también mediar en función de la paz, por lo cual pidió respetar sus atribuciones y evitar atacar a la institución, que en las últimas semanas ha sido blanco de las embestidas por parte de grupos violentos alentados por sectores extremistas de la oposición en el país, lo cual ha dejado como resultado la quema de dos de sus sedes: Maracaibo (Zulia) y Valencia (Carabobo), mientras otras ocho han sido parcialmente dañadas.

DesdeLaPlaza/AVN.