La apelación interpuesta por Juan Carlos Gutiérrez Ceballos y Francisco Satana Núñez, abogados del político opositor Leopoldo López, fue declarada “sin lugar” por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas.
El referido juzgado revisó la decisión apelada y consideró que se encuentra debidamente motivada, además que no hubo infracción del artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni se configuró la falta de aplicación de los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal informa un comunicado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Por tal motivo, el tribunal correspondiente mantuvo la medida de privativa de libertad contra López, continuando como sitio de reclusión el Centro Nacional de Procesados Militares Ramo Verde, ubicada en Los Teques, estado Miranda.
La Sala de Apelaciones en su fallo determinó que la Constitución Bolivariana no dispone expresamente la obligatoriedad del cumplimiento de las decisiones de organismos internacionales.
«Menos aun cuando el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas lo que emitió fue recomendación a la República Bolivariana de Venezuela, en cuya opinión existen contradicciones y hechos inexactos que fueron advertidos por dicha Corte de Apelaciones», refiere el comunicado del TSJ.
Recordemos, que Leopoldo López, fuese acusado de dirigir hechos de violencia en el centro de Caracas en el 2014, en los que resultaron dos personas muertas, además de atacar instituciones del Estado, incluyendo la sede de la propia Fiscalía.
DesdeLaPlaza.com/AVN/SEB