El plazo para realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) ya comenzó. Este procedimiento lo deben hacer aquellos contribuyentes que en el ejercicio pasado tuvieron un enriquecimiento neto superior a 6.000 Unidades Tributarias.
Para el cálculo del impuesto, la Unidad Tributaria (UT) de referencia equivale a 177 bolívares.
Pero ¿qué pasa si no se declara el ISLR?
El incumplimiento de esta obligación implica la aplicación de sanciones, según el Código Orgánica Tributario.
Aquellos contribuyentes que realicen la declaración del ISLR después del plazo serán sancionados con una multa de 5 UT que puede elevarse a un máximo de 25 UT.
Si no se realiza la declaración, las personas recibirán multas de 10 UT. Las normas permiten que esas multas lleguen hasta 50 UT. Vale destacar que el valor de UT será el que corresponda al momento de cancelación de la multa.
Muchas personas al ser consultadas confiesan no sentirse presionadas por este tipo de medidas ya que consideran que «eso nunca se cumple». En todo caso lo que sí es aplicado es que para muchas transacciones financieras como solicitud de créditos bancarios, hipotecarios y otros trámites correspondientes al sistema financiero o gubernamental solicitan la planilla de pago del ISRL, en ese caso, es imposible evadir el trámite, por lo que es recomendable hacerlo en los tiempos estipulados.
Si no declara hasta hoy tiene la oportunidad de declarar de manera extemporánea, corriendo el riesgo de que el Seniat lo sancione y el pago de la multa sea requisito para estar como declarante en el sistema.
Desde La Plaza /El Universal /ABD