La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador ha declarado grupos terroristas a las principales maras –Mara Salvatrucha, Pandilla 18 y MS-13– en medio del repunte de la violencia en el país centroamericano.
El alto tribunal ha mencionado específicamente a estas maras pero ha aclarado que la denominación de «grupo terrorista» incluye a «cualquier otra organización criminal que busque arrogarse potestades del Estado, atemorizando, arriesgando o perjudicando derechos de la población».
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Además, el Suprema ha calificado de «terroristas» a los miembros de estas pandillas callejeras, así como a cualquier colaborador, «independientemente que tales grupos tengan fines políticos, criminales o económicos».
La sentencia es una respuesta a cuatro recursos de inconstitucionalidad presentados contra la Ley Especial contra Actos de Terrorismo (LECAT) por su ambigüedad a la hora de definir el concepto de terrorismo.
La LECAT entiende por terrorismo «los delitos que evidencien la intención de provocar estados de alarma, temor o terror en la población, al poner en peligro inminente o afectar a la vida o la integridad física o mental de las personas, bienes materiales de significativa importancia, el sistema democrático, la seguridad del Estado o la paz internacional».
La Sala de lo Constitucional ha matizado que por terrorismo debe entenderse el ejercicio de la violencia «para intimidar de forma general a la población, controlar territorios, compeler a las autoridades a negociar concesiones penitenciarias o de otra índole» y afectar al sistema económico y democrático.
DesdeLaPlaza.com/EFE/AMH