Las cotizaciones de compra y venta de divisas en el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad 2) no podrán ser inferiores a 1.000 dólares, de acuerdo con las nuevas condiciones establecidas por el Banco Central de Venezuela (BCV) para este mercado de transacciones de moneda extranjera en el país, a partir de este lunes.
De este modo se modificó la circular de marzo de 2014, cuando comenzó a funcionar el Sicad 2, que hasta ahora no fijaba montos mínimos para los intercambios.
Las otras reformas tienen que ver con la inclusión de nuevos requisitos para participar en el sistema, que opera a través de los bancos y casas de bolsa.
La circular señala que las personas naturales demandantes de divisas deben presentar original y copia de la cédula de identidad o del documento de nacionalización; constancia de residencia en Venezuela y de ingresos; copia de la última declaración y pago del impuesto sobre la renta (ISLR), y original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF).
Si se trata de un estudiante, deberá consignar original de su constancia de estudios y copia certificada de la partida de nacimiento y de la cédula, y constancia de ingresos de quien financie la adquisición de divisas en su beneficio. Deben, además, tener lazos de primer grado de consanguinidad en línea recta o ser su representante legal. En este caso, tiene que presentar copia certificada del documento que establezca esa condición legal.
Las personas que ofrezcan divisas y estén residenciados en Venezuela deben consignar original y copia de la cédula, del RIF y declaración jurada del origen de los recursos. Si no viven en el país, sólo tienen que presentar original y copia del pasaporte.
En el caso de las empresas, las que requieran divisas tienen que presentar original y copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado y vigente; copia de las últimas dos declaraciones del ISLR y original y copia del RIF.
A las personas jurídicas que ofrecen divisas en el Sicad 2 les exigen original y copia del documento constitutivo o estatutario y del RIF.
Asimismo, la circular del BCV, firmada por su primer vicepresidente gerente encargado, José Khan, reitera a las instituciones operadoras que no podrán procesar solicitudes de compra de divisas de quienes estén sujetos a un proceso de investigación por presunta violación de la Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, y/o sobre quienes se hayan determinado medidas administrativas previstas en la normativa.
Desde La Plaza / La Verdad / JT