¡Entérate! que necesita la oposición para seguir el proceso de convocatoria del referendo revocatorio presidencial

Este martes, el Consejo Nacional Electoral (CNE) hizo entrega del formato para recolección de firmas, en la ruta hacia el referendo revocatorio que plantea la oposición venezolana.

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A continuación te explicamos cuáles son los pasos a seguir:

El artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento (20 %) de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción, podrá solicitar la convocatoria de un referéndum para revocar su mandato”.

Bien, el período presidencial inició el 10 de enero de 2013 y finalizará el 10 de enero de 2019, con lo cual, los tres años se cumplieron el 10 de enero de 2016.

De acuerdo con esta Resolución, el procedimiento del revocatorio se divide en tres etapas:

Iniciativa del referendo

Se deben recoger las manifestaciones de voluntad del 1% de la población votante, que en la actualidad se traduce en 195.721 firmas. Para ello, se cuenta con máximo 30 días hábiles y se utilizarán los formatos entregados este 26 de abril por el CNE.

Posterior a esto, se debe presentar una solicitud para que el CNE fije el plazo para la validación de las rubricas. La Comisión tendrá cinco días continuos para verificar el número de voluntades que respaldan la solicitud.

Recolección de las rubricas para la convocatoria

En los centros determinados por el CNE y en un lapso de tres días, se deben recolectar un número de firmas equivalente al 20% de los electores inscritos en el CNE, que se traducen en la actualidad de 3,9 millones de ciudadanos para que se logre convocar el referéndum.

Procedimiento electoral

El artículo 200 de la Resolución fija tres requisitos para que pueda revocarse el mandato presidencial:

El número de electores participantes en la jornada electoral debe ser de, por lo menos, el veinticinco por ciento (25 %) del total del padrón electoral, es decir, 4 millones 900 mil personas.

El número de votos a favor de la revocatoria debe ser igual o superior al número de votos de los electores que eligieron al funcionario revocable, en este caso serían, 7.587.579 votos.

Fechas probables

Si el referéndum se realiza antes del 10 de enero de 2017 y se revoca el mandato del presidente, asumirá el cargo durante un mes el presidente de la Asamblea Nacional, mientras el CNE convoca a elecciones nacionales.

Si el referéndum se produce después del  10 de enero de 2017, y el presidente es revocado, se encargaría del cargo el vicepresidente ejecutivo por el resto del período, es decir, hasta el 10 de enero del año 2019.

Duración de todo el proceso

Desde el momento en que se presenta la primera solicitud para la validación del 1% de los electores, hasta que se convoca al referendo, pueden pasar 228 días, es decir, aproximadamente 7 meses y medio.

DesdeLaPlaza.com/Agencias/RS