Desde este viernes, los organismos y entes de la administración pública nacional cumplirán con un horario especial para reducir el consumo eléctrico, por orden de la Presidencia de la República a través de la Gaceta Oficial 40.855.
Según el Decreto Presidencial 2.241, el Ejecutivo estableció un horario especial de funcionamiento para todos sus organismos desde las 7:30 am hasta la 1:00 pm, que se cumplirá hasta nuevo aviso, quedando excluidas de la aplicación del presente decreto las dependencias u oficinas de atención al público, los sectores y servicios considerados de carácter esencial, así como el personal de alto nivel y confianza”.
Las máximas autoridades de los órganos y entes de la Administración Pública determinarán qué oficinas o dependencias bajo su responsabilidad se consideran sectores y servicios de carácter esencial, así como el personal de alto nivel y confianza.
Sin embargo; a pesar de esto se garantizará la prestación de servicios públicos claves como salud, banca y finanzas, telecomunicaciones, entre otros.
La publicación señala que para procurar la preservación de los embalses destinados a la generación hidroeléctrica, resulta de gran importancia realizar acciones concretas y de obligatorio cumplimiento de ahorro y uso eficiente de la energía eléctrica, que produzcan un efecto multiplicador en todas y cada uno de las instancias del Estado y de la población, considerando que la demanda eléctrica nacional ha venido experimentando un crecimiento acelerado.
También se instruye al Ministerio de Energía Eléctrica que se tomen las medidas necesarias para incrementar la generación termoeléctrica a nivel nacional.
Finalmente, el gobierno exhortó al sector público y privado a colaborar y acatar obligatoriamente el plan de ahorro energético y el uso racional de la energía eléctrica.
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