La exigencia de listas de útiles escolares, aportes económicos, en especies para la inscripción o prosecución de estudios en los planteles educativos, ha sido terminantemente prohibida, según lo establecido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE), a través de la circular número 1569.
El objetivo de esta nueva regulación es poder garantizar con mayor eficiencia y alcance el acceso a una educación gratuita, inclusiva y de calidad.
Asimismo, el MPPE prohíbe “las llamadas colaboraciones, como resmas de papel, materiales de limpieza o materiales de oficina, no podrán señalarse como condición para la inscripción”.
Entre otras cosa, la circular 1569 también establece la eliminación de documentos y requisitos para la inscripción o prosecución de estudios en el subsistema de educación básica.
La respecto, la máxima autoridad en materia de Educación subraya que “la supresión de requisitos y trámites se corresponde con lo establecido en la Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos, además la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de Educación”.
Entre los documentos que los representantes ya no deben presentar al momento de la inscripción están: fotocopia de la cédula de identidad, así como originales y fotocopias de las partidas de nacimiento de los representantes y los estudiantes.
Es preciso mencionar que al momento de la inscripción, solo será necesario presentar el documento que corresponda para el mismo efecto.
A continuación los afiches descriptivos de todo lo establecido en la circular 1569:
DesdeLaPlaza.com/ MPPE