Las juntas regionales electorales deberán tener listas y publicadas las actas de cierre de postulaciones este próximo jueves 13 de agosto, de acuerdo con el cronograma presentado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el pasado 23 de junio.
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El Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en su artículo 141 establece que en cada acta de cierre deberán quedar plasmado el número y la identificación de todas las postulaciones que fueron presentadas por las diferentes organizaciones políticas.
Las mismas deberá ser publicada en la cartelera de la Junta Electoral correspondiente. Asimismo, una copia debidamente certificada tendrá que ser remitida a la Junta Nacional Electoral.
“La falta de elaboración, publicación o remisión del Acta a que se contrae el presente artículo, será considerada falta grave en las obligaciones de los integrantes de los organismos electorales subalternos, así como también, de la coordinadora o coordinador de postulación designado por la Junta Nacional Electoral”, agrega el Reglamento en el referido artículo.
La Ley Orgánica del Poder Electoral establece varias causales de excepción para el cumplimento del servicio electoral: ser mayor de sesenta y cinco años de edad, prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio.
DesdeLaPlaza.com/UN/NCH