Fue establecida una alícuota de cero por ciento (0%) para el pago de impuestos a las grandes transacciones financieras cuando realicen operaciones que involucren cuentas en moneda extranjera.
El Decreto Nro 2.212, que entró en vigencia el 1º de febrero y fue publicado en la Gaceta Oficial 40.839 que circuló el día viernes 29 de enero de 2016, incluye las cuentas mantenidas en el Banco Central de Venezuela.
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La Gaceta reza que este decreto tiene como objeto el estímulo de las exportaciones, importaciones e inversiones extranjeras para reimpulsar la economía.
DesdeLaPlaza.com/N24/MB