El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional extender por 60 días el estado de excepción en los municipios Lobatera, Panamericano, García de Hevia y Ayacucho del estado Táchira, en los límites con Colombia.
Esta sentencia está amparada bajo el decreto presidencial N° 2.076, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.777, del 29 de octubre de 2015.
La Sala Constitucional tomó la decisión en su sentencia 1369 publicada este jueves, al comprobar que el decretó anunciado por el mandatario nacional, Nicolás Maduro, cumple con los principios y normas contenidos en la Constitución, indica una nota de prensa del máximo tribunal.
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Por otra parte, el órgano judicial determinó que la medida comprende los extremos de utilidad, proporcionalidad, tempestividad, adecuación, estricta necesidad y completa sujeción a los requisitos legales.
Cabe recordar que el pasado 19 de agosto, el presidente Maduro ordenó el cierre de la frontera con Colombia en el estado Táchira. Dos días luego amplió tal dictamen en los municipios Bolívar, Junín, Pedro María Ureña, Capacho Viejo, Capacho Nuevo y Rafael Urdaneta, para después abarcar Lobatera, Ayacucho, García de Hevia y Panamericano, en la misma entidad.
Más adelante, también se aplicó en los estados Zulia, Apure y, más recientemente, al municipio Atures del estado Amazonas.
Estas acciones por parte del ejecutivo obedecen para garantizar la paz y la seguridad en las entidades fronterizas, donde operan mafias paramilitares que extorsionan a los comerciantes y grupos vinculados al contrabando de extracción de gasolina, alimentos y medicinas desde Venezuela hacia Colombia.
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