Estas son las normas que regirán las operaciones de divisas

El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó en Gaceta Oficial el Convenio Cambiario número 35, a través del cual se constituyen las normas que regirán las operaciones del régimen administrado de divisas. 

A continuación se presentas algunas de las normas que más destacan:

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1. Las divisas para los viajeros pasan a tasa flotante, por lo que serán calculadas a partir de Bs. 200.

2. Dólar Dipro: para importaciones de alimentos, medicamentos e insumos básicos para el país, se ubica a Bs. 10.

3. El cupo viajero anual queda en 3.000 dólares.

4. La liquidación de pensiones de vejez del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) también entrará en dólar protegido (Dipro).

5. El artículo 6 del Convenio Cambiario abarca los sectores: salud, deportes, cultura, investigaciones científicas y otras casos de especial urgencia.

Para conocer el resto de las normas haga click aquí en la Gaceta Oficial completa.

DesdeLaPlaza.com/EN/LDJ